Abierto el plazo para solicitar ayudas de Formación Continua de la UAL

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CAMPUS-ual-pza-rectoradoEl Vicerrectorado de Enseñanzas Oficiales y Formación Continua de la Universidad de Almería convoca estas ayudas destinadas a estudiantes de másteres propios, títulos propios y expertos, así como cursos y especialistas. El plazo para la presentación de las solicitudes permanecerá abierto hasta el 30 de marzo.

El objeto de estas ayudas es compensar las condiciones socio-económicas desfavorables de aquellos alumnos que hayan cursado alguna actividad de Formación Continua de las contempladas en la convocatoria. Todo ello dentro de los créditos disponibles por el Vicerrectorado de Enseñanzas Oficiales y Formación Continua para este fin. Tal y como ha señalado el vicerrector, Juan García, “las ayudas son variables y van en función de la cuantía y el número de solicitudes”. En el pasado curso académico “se presentaron 261 solicitudes y se concedieron 184 por un importe de 9.500 euros”.

Estas ayudas han ido incrementándose a lo largo de los años, así, asegura el vicerrector, “en el curso 2011/2012 fueron 148, en 2012/2013 hubo 184, en 2013/2014 fueron 192. En cuanto a la cuantía ha ido creciendo, pasando de 82000 euros en el curso 2011/2012 hasta llegar a los 95000 euros del pasado curso académico”.

Para acceder a ellas es necesario realizar o estar realizando alguna actividad ofertada por el Centro de Formación Continua de la Universidad de Almería durante el curso académico 2015 -2016, de acuerdo con la fecha establecida en el artículo 1. No serán objeto de esta convocatoria aquellas actividades subvencionadas en las que no se requiera el abono de precios públicos para su realización. También es necesario haber ingresado el importe correspondiente a los precios públicos por servicios académicos de la actividad formativa para la cual solicitan la ayuda en alguno de los centros de gasto del Centro de Formación Continua, cumplir los requisitos establecidos en el artículo 4.1 del Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas y en el caso de estudiantes extranjeros procedentes de países miembros de la Unión Europea, así como de aquellos estudiantes extranjeros no comunitarios, se estará a lo establecido en el artículo 13 de la Resolución de 30 de julio de 2015, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2015-2016, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios.

De acuerdo con el artículo 4.3 del Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas, para que la ayuda pueda ser consolidada por el estudiante, será preciso, además de cumplir los requisitos establecidos en esta convocatoria, que en la relación definitiva de beneficiarios obtenga un coeficiente de prelación de su derecho que le sitúe dentro de los créditos económicos consignados para esta ayuda.

En el caso de realización de más de una actividad de Formación Continua durante el curso académico, sólo se concederá una ayuda por beneficiario, la de mayor importe. Además no se concederán ayudas a aquellos estudiantes que ya hayan obtenido otra para la misma finalidad.

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