Alumnado de la UAL podrá hacer prácticas y trabajos finales con el Club de Mar de Almería

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La Universidad de Almería y el Club de Mar de la ciudad han firmado un convenio marco, en el que los principales beneficiados serán los estudiantes, que podrán realizar prácticas en la institución y también trabajos finales de grado o máster sobre este referente en la ciudad de Almería. Este acuerdo abre la puerta también a actividades de formación, extensión cultural, deporte, salud y divulgación.

Por delante se abren cuatro años en los que avanzar, siempre a través de los sucesivos convenios más concretos que irán planteándose. Por ahora, el contexto general ha quedado determinado con la rúbrica del rector, Carmelo Rodríguez, y del presidente del Club de Mar de Almería, Mariano Sarmiento.

En qué ámbitos se desarrollarán las colaboraciones

Las colaboraciones entre ambas entidades se podrán establecer en los cuatro ámbitos globales fijados, cada uno de ellos, a su vez, con una serie de líneas estratégicas. Así, el primero es ‘Estudiantes’, recogiendo la posible acción conjunta respecto a realización de trabajos fin grado/ fin de máster, al establecimiento de premios y concursos, a prácticas de empresa y, por último, al apoyo al Empleo y Emprendimiento. En cuanto al segundo ámbito general, es el de ‘Formación y divulgación’, que se dibuja igualmente en otras cuatro líneas: colaboración con el Centro de Postgrado y Formación Continua y otros centros de la UAL para la realización de cursos de especialización y formación continuada, la Universidad de Mayores, los Cursos de Verano y Congresos/Jornadas.

En relación al ‘Apoyo a la cultura y desarrollo social’ como tercer eje, se especifica más en concreto tener alcance a participación en UAL JOVEN, así como en Universidad Saludable, y a la realización de acciones en Salud – Campus y Sociedad. La última línea establecida es la de ‘Actividades culturales’, que contemplan cooperación al desarrollo en concreto y que dejan la puerta abierta a múltiples posibilidades con el apartado ‘otras actividades’. Sobre esta amplia base, se manifiesta en el texto que “en función de las necesidades concretas, cada proyecto y/o programa de actuación conjunto o agrupados por áreas que se desarrolle (…) podrá ser objeto de un convenio específico”.

También se entra en detalla respecto a esto último, ya que se deja claro que “deberá contener”, entre otros, ocho apartados que se despliegan desde la denominación del proyecto y/o programa hasta el de las personas que se responsabilizarán del mismo. Entre medias, deberán contener los profesores, departamentos, grupos e institutos de Investigación, o los servicios de la Universidad que realizarán la actividad. Deberá realizarse en cada uno una definición de los objetivos que se persiguen, seguido de descripción del plan de trabajo, además del presupuesto total y medios materiales y humanos que requiera. Como no, deberán incluirse las lógicas cláusulas sobre la confidencialidad y publicación de los resultados, así como la regulación de la propiedad intelectual e industrial de los resultados, y las normas para la coordinación, ejecución y seguimiento del proyecto.