Artículo de Francisco Javier Díaz Revorio. Director del Grupo Derecho Constitucional de la Universidad de Castilla-La Mancha.
Cualquier intento de acercamiento al constitucionalismo iberoamericano actual tropieza inmediatamente con la dificultad de su falta de homogeneidad: algunos países cuentan con constituciones prácticamente centenarias (con mayor o menor estabilidad política a lo largo de todo ese tiempo), mientras que otros han aprobado textos muy novedosos en los últimos años.
Algunos sistemas mantienen todavía las señas de identidad más o menos tradicionales, y en cierto modo influidas por el constitucionalismo de los Estados Unidos de América, como son el presidencialismo, el federalismo, y el control difuso de la constitucionalidad, al tiempo que otros han ensayado la introducción de fórmulas o elementos derivadas del constitucionalismo europeo, o siguen otras reglas en lo relativo a la estructura territorial del Estado.
Con todo, durante mucho tiempo ha sido más o menos habitual señalar como características propias del constitucionalismo iberoamericano la hibridación de elementos, que ha dado lugar a modelos mixtos y en muchos aspectos singulares, y también en cierto sentido la inestabilidad jurídico-política que en algunos países ha provocado la alternancia de períodos democráticos con otros en los que se implantaron regímenes autoritarios, o en los que la falta real de pluralismo político dañó seriamente la “salud democrática” del sistema.
La primera de estas características, con mayor o menor intensidad, sigue apreciándose hoy en buena parte de los sistemas constitucionales de la región, mientras que la segunda, por fortuna, se ha ido diluyendo a medida que el pluralismo político y la democracia iban ganando terreno.
Por ello hoy, quizá, la mejor noticia es que “casi” todos los sistemas de la zona se basan en los principios de democracia, derechos humanos, separación de poderes, y pluralismo político, de manera que los ciudadanos pueden elegir periódicamente a sus representantes políticos entre diversas opciones que compiten entre sí.
Sin embargo, la idea anterior no puede ocultar el hecho de las incuestionables limitaciones y carencias que siguen existiendo en muchos países de la región. Aunque las mismas existen hoy, en mayor o menor medida, en casi todos los sistemas occidentales, acaso en Iberoamérica han tenido una particular intensidad.
A veces esa “competencia” entre diversas opciones políticas no ha sido realmente igualitaria (no deja de ser significativo que con frecuencia el presidente que convoca elecciones y se presenta a las mismas tiene más opciones de ganarlas, lo cual estuvo hace tiempo en la base de la limitación de los mandatos presidenciales, de la que ahora muchos sistemas parecen querer huir).
Por lo demás, los derechos humanos, proclamados cada vez con más énfasis, no siempre son una realidad en las distintas sociedades, tanto por las deficientes garantías como por la escasa dotación de los medios económicos y políticos que serían necesarios para que los mismos sean realmente eficaces.
Desigualdad y pobreza, divorcio entre los textos constitucionales y la realidad social
La desigualdad y la pobreza siguen siendo en demasiados lugares realidades bastante difíciles de erradicar. Todo ello ha generado, en no pocos momentos y sistemas, un creciente divorcio entre los textos constitucionales y la realidad social, causa a su vez de una acusada insatisfacción social que ha provocado a veces la búsqueda de nuevos parámetros político-constitucionales.
Quizá estos y otros factores están en la base del llamado “nuevo constitucionalismo” (al que conviene no confundir con el “neoconstitucionalismo”), que se ha plasmado en constituciones aprobadas a partir del año 2000 en algunos países, y que tratan de incorporar nuevos elementos al sistema, fortaleciendo las vías de participación ciudadana, buscando un nuevo modelo de política, e incrementando la tabla de derechos humanos constitucionalmente reconocidos.
Junto a incuestionables avances, se aprecian sin embargo aspectos preocupantes como los relativos a la separación de poderes, que parece incluso haberse abandonado como parámetro del sistema con el cuestionable argumento de que la soberanía radica en el pueblo que es indivisible, o menor importancia que aparentemente se da a derechos “clásicos” como la libertad de expresión e información, la propiedad o la libertad de empresa.
Nuevo constitucionalismo en América
En cualquier caso, el constitucionalismo iberoamericano actual no puede valorarse considerando solo esos modelos de “nuevo constitucionalismo” que básicamente han tenido aplicación en unos pocos países, sino teniendo en cuenta también la evolución habida en todos los demás sistemas (incluyendo importantes reformas o nuevas constituciones), a veces más cauta, pero con aspectos bien interesantes.
Y en esa visión global, sin tratar de ocultar los aspectos preocupantes ya apuntados, destacan otros altamente positivos, en los cuales además Iberoamérica está siendo pionera y abriendo caminos para hacer frente a problemas que en muchos países de Europa o en otros lugares del mundo apenas se han planteado, y desde luego no se les ha dado respuesta de forma ágil y solvente.
Por fortuna, en esta línea podemos apuntar más de un ejemplo: al de los “nuevos derechos” ya apuntado, cabe añadir la problemática específica de los derechos de los pueblos indígenas, que no se agota con su mera proclamación y garantía, sino que implica retos de gran calado para los principios del constitucionalismo occidental, con tensiones que requieren fórmulas imaginativas de solución.
E igualmente hay que mencionar al menos la temática del control de convencionalidad, es decir, el control de la adecuación de las leyes internas a los tratados internacionales de derechos, aspecto en el que algunos países han logrado avances muy importantes en fechas recientes.
Sombras y luces en el constitucionalismo iberoamericano
En suma, sombras y luces en el constitucionalismo iberoamericano. Es muy difícil prever su evolución futura, y lo que sí se ve es que la misma tampoco parece ir en una línea única, ya que mientras algún país sigue anclado en modelos claramente superados e incompatibles con el pluralismo político, otros se enfrentan hoy a graves dificultades para garantizar la pluralidad de opciones y profundizar en la democracia, en el contexto de una paz social claramente quebrada, mientras en otros se aprecia una evolución positiva, que les permite incluso liderar la búsqueda de nuevas soluciones a los actuales retos del constitucionalismo.
Desde mi punto de vista, lo único que cabe desear es que nunca se abandonen los principios que, desde los orígenes de la Edad Contemporánea, dan legitimidad a un sistema constitucional: separación de poderes y derechos fundamentales, a los que incuestionablemente hay que añadir hoy el principio democrático.
Eso sí, Iberoamérica es probablemente la región ideal para que dichos principios se enriquezcan y evolucionen, y que a los mismos se sumen otros que tiendan a la profundización democrática, a la participación política, y a una mayor satisfacción y garantía del valor de la dignidad humana. No sé si el vaso está medio lleno o medio vacío, pero creo que, con cierta perspectiva histórica se pueden ver los avances habidos y fundamentar en ellos la esperanza de un futuro mejor para los principios del constitucionalismo.