Los modelos de solicitud se podrán obtener y confeccionar en la página web de la Conse-jería de Cultura, en la dirección www.juntadeandalucia.es/cultura. Asimismo, estarán disponi-bles en la Consejería de Cultura y en sus Delegaciones Provinciales, y tendrán un plazo de 30 días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación de la misma en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, es decir, desde el lunes 13 de junio. Los solicitantes que opten a más de una modalidad de subvención, deberán presentar una solicitud independiente para cada una de ellas.
Con estas medidas la consejería de Cultura persigue que las salas privadas de aforo reducido, en la mayor parte de los casos miniempresas, puedan consolidar su actividad de programación mediante una oferta de calidad, y ayudar al mantenimiento de las mismas mediante la mejora de las instalaciones y del equipamiento escénico, ya que uno de sus objetivos es impulsar el desarrollo, así como su consolidación de las industrias culturales, y entre ellas aquellas que forman el sector de las artes escénicas, consciente de cómo el desarrollo de su actividad favorece el enriquecimiento cultural y económico de Andalucía.