Almería registró un total de 1.170 familias numerosas más en 2012

La Delegación Territorial de la Consejería de Salud y Bienestar Social en Almería ha expedido un total de 1.170 nuevos títulos de familia numerosa a lo largo del pasado año 2012. Además, se han renovado otros 2.293 documentos, por lo que la cifra total de tramitaciones asciende a 3.463. De forma general, se considera familia numerosa a la integrada por uno o dos ascendientes, con tres o más hijos, sean o no comunes. Asimismo, la normativa equipara a familias numerosas aquellas en las que concurran circunstancias específicas de discapacidad o incapacidad para trabajar, dependencia económica, orfandad o viudedad. Así, pueden acceder también a esta condición aquellas unidades familiares integradas por uno o dos ascendientes con dos hijos, sean o no comunes, siempre que al menos uno de ellos sea discapacitado o esté incapacitado para trabajar. Otro tipo de familia numerosa es la formada por dos ascendientes, cuando ambos son discapacitados o al menos, unos de ellos tuviera un grado de discapacidad igual o superior al 65% o estuvieran incapacitados para trabajar y con dos hijos, sean o no comunes.

Los padres o madres separados o divorciados, con tres o más hijos, sean o no comunes, aunque estén en distintas unidades familiares, siempre que se encuentren bajo su dependencia económica, aunque no vivan en el domicilio conyugal y aquellas familias con dos hijos en las que haya fallecido uno de los progenitores, pueden igualmente solicitar el reconocimiento de familia numerosa.

Asimismo, se otorga esta consideración a las unidades familiares formadas por dos o más hermanos huérfanos de padre y madre, sometidos a tutela, acogimiento o guarda, con convivan con la persona tutora, acogedora, o guardadora, pero no se hallen a sus expensas y aquellas conformadas por tres o más hermanos huérfanos de padre y madre, mayores de 18 años, o dos, si alguno es discapacitado, siempre que convivan y tengan una dependencia económica entre ellos.

De forma general, entre los requisitos para solicitar el título de familia numerosa se incluye la obligatoriedad de que los hijos a cargo de la unidad familiar sean solteros y menores de 21 años o sean personas discapacitadas o estén incapacitadas para trabajar, cualquiera que fuese su edad. El límite de edad se podrá ampliar hasta los 25 años incluidos, en el supuesto de que los hijos cursen estudios adecuados a su edad y titulación o encaminados a la obtención de un puesto de trabajo.

Clasificación

Existen dos clasificaciones de familias numerosas, la categoría especial y la general. La primera incluye: familias con cinco o más hijos, aquellas integradas por cuatro hijos de las que al menos tres proceden de parto, adopción o acogimiento múltiple y unidades familiares con cuatro hijos cuyos ingresos anuales no superen el 75% del  Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). La categoría general está formada por el resto de familias con derecho a este reconocimiento.

En Almería, durante el último año se han tramitado 2.767 títulos de familia numerosa de categoría general y 696 de categoría especial.

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