Crue Universidades Españolas celebra que las mujeres funcionarias de cuerpos docentes universitarios puedan prorrogar el último sexenio vivo un año por cada permiso que disfruten por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, a efectos del cómputo de los tramos de investigación para la evaluación de la actividad científica e investigadora, tal y como recoge la nueva convocatoria del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, publicada este pasado miércoles 11 de diciembre en el Boletín Oficial del Estado.
Este cambio normativo, introducido en un anexo de la citada convocatoria, es fruto de las negociaciones de la Delegación de la Presidencia de Crue para Políticas de Igualdad con la Secretaría de Estado de Universidades, Investigación, Desarrollo e Innovación del citado Ministerio y, más directamente, con la Secretaría General de Universidades y el Observatorio de Mujeres, Ciencia e Innovación, con el objetivo de alcanzar la igualdad efectiva entre mujeres y hombres y poner fin a la llamada «segregación vertical» que sufren las científicas en España por disfrutar de unos permisos que ralentizan su carrera investigadora.
La delegada de Igualdad de CRUE y rectora de la Universitat Jaume I, Eva Alcón, valora la medida y subraya que «es un ejemplo de los avances que se pueden producir cuando las instituciones van de la mano, trabajando en una misma dirección».
Esta disposición también será de aplicación al personal investigador funcionario de las escalas científicas de los organismos públicos de investigación. Además, según el nuevo texto del Ministerio, los permisos deberán haber sido disfrutados en el período extendido entre los dos años anteriores a la entrada en vigor de esta resolución y los seis años posteriores del último sexenio en tramitación.
En el mismo epígrafe, el Gobierno establece que los funcionarios de cuerpos docentes universitarios que se encuentren en excedencia para atender el cuidado de uno o varios hijos, o de un familiar que se encuentre a su cargo, podrán incluir en su solicitud de evaluación de sexenios los años – y las aportaciones publicadas en dichos años– en que hayan permanecido en dicha situación administrativa de excedencia.