Las cooperativas podrán agilizar sus trámites con la Administración con una nueva herramienta web

Los trámites burocráticos de las cooperativas almerienses serán ahora más sencillos y rápidos, gracias a la nueva aplicación telemática puesta en marcha por la Junta de Andalucía, y que entrará en funcionamiento el próximo 17 de septiembre. Gracias a este avance, las más de 400 cooperativas almerienses podrán presentar sus cuentas y modificar sus estatutos y órganos a través de la red.

La Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo pondrá en marcha a partir del 17 de septiembre una herramienta que permitirá a las sociedades cooperativas tramitar de forma telemática todos los procedimientos de inscripción y de certificación relativos al Registro de Cooperativas de Andalucía y al Registro de Sociedades Laborales de Andalucía, con el consiguiente ahorro de tiempo y mejora de la transparencia en el proceso de tramitación.

Esta herramienta estará disponible para las más de 400 sociedades cooperativas que actualmente están activas en la provincia de Almería, según ha detallado la delegada territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, Adriana Valverde, quien ha destacado que esta medida supone “un paso más en el acceso telemático de los ciudadanos a los servicios públicos, contribuyendo a su derecho a relacionarse con las administraciones públicas por medios electrónicos y ahorrando tiempo y gestiones”.

Con su puesta en marcha, las sociedades cooperativas y sus gestorías deberán utilizar el tramitador para presentar solicitudes de los actos objeto de inscripción en el Registro de Cooperativas, tales como el depósito de cuentas, la renovación de órganos sociales, modificaciones estatutarias, fusiones, entre otras, junto con la documentación que preceptivamente deba adjuntarse. Además podrán solicitar y recibir certificaciones, así como recibir notificaciones telemáticas relativas a los trámites de sus expedientes.

Para acceder a la tramitación telemática será necesaria la firma electrónica incorporada al Documento Nacional de Identidad, para personas físicas, o un certificado electrónico reconocido, de persona jurídica o de usuario o usuaria, que les habilite para utilizar una firma electrónica avanzada, expedido por cualquiera de los prestadores de servicios de certificación reconocidos por la Junta de Andalucía y admitidos por la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo. En caso de no contar con estos instrumentos de firma electrónica, la identificación y autenticación de la persona solicitante podrá ser realizada por personal funcionario mediante el uso del sistema de firma electrónica del que estén dotados.

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