Los ganaderos que quieran presentar comunicaciones a la información recogida en el BOJA podrán hacerlo hasta el próximo día 4 de septiembre
La Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural ha publicado la orden por la que se da a conocer la superficie apta para la montanera, así como la superficie arbolada cubierta de Andalucía para 2016. Esta información contiene el conjunto de recintos y parcelas registrados en el Sistema de Información Geográfica de Identificación de Parcelas Agrícolas (Sigpac) como aptos para la alimentación de animales cuyos productos vayan a comercializarse con arreglo a la mención ‘de bellota’, establecida en el Real Decreto 4/2014.
Esta información recoge para cada uno de estos recintos la superficie arbolada cubierta, considerada como el porcentaje de suelo cubierto por la proyección de todas las copas de los árboles de las especies quercíneas (alcornoques, encinas, entre otros) en el mismo.
Los ganaderos podrán consultar la capa de montanera y la superficie arbolada cubierta asignada a cada recinto a través del visor Sigpac de la web de la Consejería (www.juntadeandalucia.es/organismos/agriculturapescaydesarrollorural.html). Aquellas personas que no estén conformes con la información publicada tendrán un mes, a partir de mañana, para presentar comunicación a la misma, según el modelo disponible en la página web.
Las comunicaciones tendrán que ir dirigidas a la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural y deberán presentarse, preferentemente, en la Oficina Comarcal Agraria en la que se ubique la mayoría de los recintos incluidos en la misma. Los únicos motivos para alegar serán la inclusión o exclusión del recinto en la capa de montanera y la modificación del valor de la superficie arbolada cubierta asignada al recinto.
Ayudas al sector lácteo.
La Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural ha informado al sector del vacuno de leche sobre las ayudas directas que se van a habilitar para compensar la reducción de la producción láctea. Se trata de una medida excepcional para evitar perturbaciones de mercado, de acuerdo con la posibilidad que establece el Reglamento de la Unión Europea por el que se crea una organización común de mercados agrícolas (nº 1308/2013). Con este objetivo, se ha reunido en Sevilla la directora general de Ayudas Directas y de Mercados, Ángeles Arquero, con representantes de las Organizaciones Profesionales Agrarias Asaja, COAG y UPA; Cooperativas Agro-alimentarias y la Asociación Frisona Andaluza.
Durante el encuentro, la directora general ha trasladado a los asistentes que la puesta en marcha de la ayuda está condicionada a la publicación de un Reglamento Delegado, que está previsto que se apruebe y publique en la segunda quincena de agosto, en el que también se fijará el importe unitario de la ayuda.
La ayuda tiene como objeto compensar a los productores de leche que reduzcan la producción durante un periodo de tres meses, en comparación con el mismo periodo del año anterior. Asimismo, pueden optar a la misma los ganaderos que hubieran realizado entregas a primeros compradores durante los meses del periodo de referencia y prevean una disminución de su producción.
Según el borrador del Reglamento Delegado, se establecen cuatro periodos de tres meses cada uno para la reducción de las entregas con sus correspondientes fechas de finalización para solicitar las ayudas:
-El 19 de septiembre de 2016, a las 12.00 horas, finalizará el plazo de solicitud de ayuda para la reducción de las entregas de leche que se produzcan entre los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2016.
-El 17 de octubre de 2016, a las 12.00 horas, para la reducción de las entregas de leche en noviembre, diciembre de 2016 y enero de 2017.
-El 14 de noviembre de 2016 a las 12.00 horas, para la reducción de las entregas de leche de diciembre de 2016, enero y febrero de 2017.
-El 12 de diciembre de 2016 a las 12.00 horas, para la reducción de las entregas de leche de enero, febrero y marzo de 2017.
Las solicitudes de ayuda podrán ser presentadas por organizaciones de productores o cooperativas en nombre de los ganaderos, acompañando de una relación individualizada de cada uno de los representados y la documentación preceptiva.
En caso de que la cantidad total solicitada supere el máximo volumen auxiliable, la Comisión fijará un coeficiente reductor, que se aplicará a cada solicitud.
En las próximas semanas, la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural publicará en su página web la correspondiente resolución con las instrucciones para la presentación de las solicitudes de ayuda y los formularios correspondientes. Los interesados posteriormente deberán presentar las solicitudes de pago en el plazo que se establezca tras la finalización del periodo de reducción. En su caso, también podrán ser presentadas por la organización de productores o cooperativas a través de las que se hubieran presentado las solicitudes de ayuda.