El Consejo de Ministros ha dado el visto bueno a la Ley Orgánica del Sistema Universitario, que ahora pasará a trámite parlamentario y que innova al reducir la temporalidad del profesorado universitario, reconocer el derecho de huelga académica a los estudiantes y destinar el 1 por ciento del PIB a las universidades. Esta ley fue impulsada por el anterior ministro Manuel Castell y aprobada por el titular de Universidades actual, Joan Subirats.
La aprobación de la LOSU llega después de que el conjunto de rectores de las universidades españolas mostrara un rechazo unánime al texto legal, a pesar de que desde el Ministerio de Universidades se remarcaba, recurrentemente, que la ley había nacido fruto del consenso entre todas las partes.
Qué novedades introduce la LOSU
La nueva ley que pasa al Parlamento es muy extensa regula toda la actividad universitaria. Sin embargo, en ella destacan varios aspectos por novedosos. El primero, la intención de reducir la temporalidad del profesorado universitario, que pasaría del 40% actual al 8% fijado en el nuevo texto. Esta medida beneficiaría a unos 25.000 docentes, contratados bajo la figura de asociado.
Esta estabilización de las plantillas conlleva, según ha explicado el Ministerio, una mejora de las condiciones laborales, garantía de derechos por antigüedad o derechos a completos salariales y se incorporan medidas para que profesorado temporal pueda acceder y promocionar en la carrera académica, mediante el reconocimiento de su experiencia docente.
Financiación de las universidades
La nueva Ley Orgánica del Sistema Universitario plantea el compromiso de un gasto del 1% del PIB. Esto supone un avance en relación a los datos actuales de gasto que rondan el 0,7% de media del PIB después de una década en que las universidades se han visto afectadas por los recortes y políticas de austeridad producidas por la anterior crisis económica de 2008.
Este aumento va en la línea de lo ya acordado en la LOMLOE de un 5% del PIB de gasto en educación o el 1,25% que plantea la nueva Ley de Ciencia que está tramitándose en el Congreso de los Diputados. “No podemos pedirles esfuerzos a las universidades si no van acompañadas de financiación”, ha afirmado el ministro en este aspecto.
Formación a lo largo de la vida
Entre los principales cambios introducidos por el ministro Subirats se encuentra lo relativo a la formación a lo largo de la vida, es decir, hacer que las universidades estén dirigidas a todas las edades tal y como la Unión Europea y recientes estudios demográficos indican que sucederá en las próximas décadas.
De esa necesidad de flexibilidad nace este paquete de medidas enfocadas a dotar a las universidades de las herramientas necesarias para los cambios sociales y económicos que se están produciendo. Así, se determina que la formación a lo largo de la vida sea una función básica de la universidad.
Se establecerán títulos propios de formación a lo largo de la vida mediante modalidades diversas, incluidas microcredenciales, microgrados y otros programas de corta duración y que podrán tener reconocimiento académico. Las administraciones públicas fomentarán programas de becas y ayudas a la formación a lo largo de la vida en el marco de las políticas de fomento de la movilidad internacional. “Necesitamos una universidad más flexible y adaptada a lo que demanda la ciudadanía y que sea para todas las edades”, ha indicado el ministro.
Una carrera académica más predecible, más corta, y más estable
La LOSU ha querido configurarse también como una herramienta que sea capaz de producir certezas y garantías entre el personal docente e investigador. Así, la carrera académica es con la LOSU más predecible y clara, con tres etapas en vez de las cuatro de la LOU; acceso, estabilización y promoción.
Desde el inicio los estudios de doctorado hasta la estabilización solo pasaran diez años, consiguiendo así un rejuvenecimiento de la plantilla universitaria. El acceso a la carrera se realizará con la figura del Ayudante Doctor, con un contrato de 6 años (en vez de los 5 de la LOU), eliminando la acreditación para esta figura, y accediendo por concurso público.
Con ello se avanza la edad de entrada y se permite también atraer talento internacional. Pasados estos 6 años se podrá alcanzar la estabilización a través de las figuras de Titular de Universidad o bien de Permanente Laboral, mediante la acreditación pertinente y un concurso público. También se ha querido poner énfasis en los aspectos relativos a los retornos a la sociedad incorporando nuevos principios para las evaluaciones al profesorado; éstas serán cualitativas y cuantitativas, tendrán en cuenta el acceso abierto, el impacto territorial, la pluralidad lingüística, la experiencia profesional, y las particularidades de cada disciplina académica.
Además, y de cara a evitar dinámicas endogámicas, en todos los concursos públicos la universidad convocante estará en minoría y los miembros serán escogidos por sorteo.
Internacionalización
El Espacio Europeo de Educación Superior es uno de los planos que la LOSU tiene presentes a lo largo de todo su articulado siendo además el título correspondiente a la internacionalización de nuevo cuño. Gobierno, CCAA y universidades elaborarán estrategias para internacionalizar el sistema universitario. Las alianzas universitarias europeas, euro regionales e internacionales se refuerzan, con el impulso de títulos compartidos.
“La europeización del sistema universitario no es solamente una necesidad sino una exigencia”, ha afirmado el ministro Subirats. En esta ley la movilidad internacional del estudiantado, del PDI y del PAS se convierte en una prioridad.
Además, se agilizan los visados por estudios para atraer talento y, al finalizar los estudios universitarios de grado, máster o posgrado, se podrá optar a un visado de dos años para hacer prácticas o trabajar. La LOSU ha creado una nueva figura de Profesorado Distinguido cuya función está dirigida a atraer profesorado de prestigio académico e investigador, tanto nacional como extranjero.
Gobernanza y estructuras
En lo relacionado con la gobernanza el nuevo texto plantea un modelo democrático de sufragio con cuatro estructuras básicas: Claustro, Consejo de Gobierno, Consejo de Estudiantes y Consejo Social.
El claustro será el órgano de máxima representación y participación de la comunidad universitaria garantizando siempre un 25% de mínimo de representación del estudiantado así como una representación del 51% para el personal docente e investigador. Además, se consolida el Consejo de Estudiantes en cada universidad. El mandato de los titulares de órganos unipersonales será, en todos los casos, de seis años improrrogables y no renovables.
Las universidades tendrán autonomía para la definición de sus estatutos así como para la creación de otras estructuras en departamentos y facultades.
La LOSU, una ley para ensanchar los derechos de la comunidad universitaria en su conjunto Se ha querido continuar con la senda ya iniciada por la Ley de Convivencia Universitaria dotando así a todo el texto de un conjunto de derechos y reconocimientos a diferentes sensibilidades que hasta hoy, con la actual LOU, no eran reconocidos.
Así, en materia de género, para crear una universidad, pública o privada se deberán contar con planes de igualdad, medidas para eliminar la brecha salarial y protocolos frente a todo tipo de acoso. Por otra parte, las Unidades de Igualdad y las de Diversidad serán obligatorias y todos los órganos de las universidades y las comisiones de evaluación o selección de personal serán paritarios (mujeres y hombres).
Además, en los concursos se podrán aplicar acciones positivas para promocionar con igualdad de méritos al sexo menor representado. En lo relativo a las cuestiones de discapacidad, las unidades de diversidad deberán contar con un servicio de atención a la discapacidad y disponer de un plan de inclusión y no discriminación por motivos de discapacidad, origen étnico y nacional, orientación sexual e identidad de género, y por cualquier otra condición social o personal.
Se establece también un cupo de reserva para personas con discapacidad en las ofertas de empleo público, las universidades deberán facilitar la lengua de signos así como fomentar estudios propios adaptados a personas con discapacidad intelectual u de otra índole.
Estudiantado
La LOSU es una ley pensada para los y las estudiantes, tengan la edad que tengan y aporta en su redacción las garantías para que así sea. La vida universitaria y la calidad de la docencia han sido dos elementos clave de los derechos del estudiantado, y así se ve reflejado en este nuevo documento de la LOSU. Su participación en los órganos de gobierno de la universidad como el claustro o los consejos de facultad o departamento alcanza en la LOSU un mínimo del 25% cuando en la actual Ley Orgánica de Universidades (LOU) no se asegura ningún porcentaje.