Las Becas Andalucía Segunda Oportunidad están dirigidas a personas de edades comprendidas entre los 18 y los 24 años que hayan abandonado los estudios sin haber obtenido alguna titulación de educación secundaria obligatoria o educación secundaria postobligatoria.
Para poder presentar las solicitudes habrá que cumplir unos requisitos, entre los que se encuentran:
– Pertenecer a una unidad familiar en la que todos sus miembros estén empadronados en un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
– No haber estado matriculado en alguna enseñanza durante el curso escolar anterior.
– Estar matriculado el curso para el que se realiza la convocatoria en las enseñanzas de educación secundaria obligatoria para personas adultas, bachillerato o ciclos formativos de grado medio.
– Ser demandante de empleo inscrito ininterrumpidamente como desempleado en la oficina de empleo durante 12 meses o más.
– No estar percibiendo prestación por desempleo de nivel contributivo.
– Tener a su cargo cónyuge o persona a la que se halle unido por análoga relación, hijos o menores en acogimiento.
– Carecer de rentas de cualquier clase superiores al 75% del Indicador público de renta de efectos múltiples.
La cuantía mensual de la beca será el 75% del IPREM mensual que se apruebe anualmente por la Ley de Presupuestos Generales del Estado correspondiente al año en que se realice la convocatoria.
Dicha cuantía se devengará por mensualidad vencida desde septiembre hasta junio del curso escolar para el que se obtenga la condición de persona beneficiaria.
Las personas que estén interesadas en solicitar ésta ayuda deben preguntar en el Área de Desarrollo Local del Ayuntamiento y en los centros donde se realice la matrícula.