Las clases de religión son “dudosamente constitucionales”

El prestigioso jurista Gregorio Peces-Barba, uno de los ‘siete’ padres de la Constitución española, ha impartido hoy una conferencia en la Universidad de Almería en la que ha hablado de la polémica que ha rodeado a la asignatura de ‘Educación para la ciudadanía’.  Según ha señalado el jurista, la polémica está más que superada después de que el Tribunal Supremo haya dejado claramente establecida la constitucionalidad de la asignatura.  “Lo que tengo que decir es que una hora de clase de una importantísima asignatura que se da en todos los países de la Unión Europea, es muy poco sobre todo si se compara con que existen dos horas de catecismo, que es lo que son las clases de religión”, a su juicio, “dudosamente constitucionales”.

Peces-Barba ha hablado en su conferencia de lo que supone esta asignatura y de cómo se apoya en la Constitución. “Esa idea de que la ética corresponde a las familias, en ningún caso a la iglesia pero sí a las familias, se contrapone a una línea de evolución de la educación que, a partir del siglo XIX, es educación nacional y pública y que está apoyada en el artículo 27.2 de la Constitución. La ética privada, la que corresponde a las familias, está en el 27.3 y se distingue clara y completamente.

Por eso resulta preocupante que unos magistrados hayan confundido ese tema porque eso supone una idea que no es propia del ejercicio de la jurisdicción. Los magistrados no tiene delante de sí nada más que la jurisdicción y las leyes; sus creencias, las que sean, tienen que subordinarse a lo que establece la Constitución y las leyes. Creo que eso no lo hizo esa sección del Tribunal Constitucional y el Supremo ha colocado las cosas en su sitio. Lo único que hay que pedir es que tenga más horas y que desaparezca de los programas oficiales la enseñanza de la religión”, ha dicho al respecto. 

A preguntas de los periodistas, Gregorio Peces-Barba señalaba también que en el caso del juez Baltasar Garzón, imputado por prevaricación por el Tribunal Supremo, no hay posibilidad de que exista ningún delito posible de prevaricación. “Lo que hay es una discrepancia interpretativa, lo cual es muy normal en el ámbito del Derecho. Las protestas públicas tienen que ver con los intentos de algunos sectores de evitar que la memoria histórica se desarrolle de acuerdo a la Ley que la estableció. Esa memoria histórica no tiene hoy día ninguna dimensión penal salvo que puedan existir personas todavía vivas afectadas por delitos contra la humanidad y el derecho de gentes, que son delitos que no están protegidos por la amnistía de 1977. Sí que hay miles de casos de personas que todavía hoy no están dignamente enterrados y hay muchos miles de personas que fueron condenadas por un delito que era auxilio a la rebelión, que era un delito ilegal porque se aplicó con carácter retroactivo por los Tribunales Militares, y no digamos ya de los que fueron ‘paseados’ sin juicio. Lo que sí cabe es anular esas miles y miles de sentencias que son claramente ilegales, ya que como saben el Derecho Penal no puede aplicarse con carácter retroactivo”.

En cuanto a la polémica con la reforma del Estatuto catalán, el jurista ha destacado que  el Tribunal Supremo tendrá que señalar si ha habido excesos en la reforma de ese estatuto. “A mi juicio, un estatuto que cien artículos más que la Constitución, es un exceso, de querer y no poder ser un estado sin serlo. Lo que se decida repercutirá en los otros dos Estatutos, el andaluz y el valenciano, que curiosamente nadie ha recurrido, uno apoyado claramente por el PSOE y otro por el PP. Esa es la paradoja, que no se han recurrido, como si hubiera una especie de fijación con Cataluña, que a mí me parece indebida”.

 

 

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