Becas del Instituto de Estudios Almerienses para trabajos de investigación.

El Instituto de Estudios Almerienses de la Diputación (IEA) ha dado a conocer la convocatoria de ayudas económicas destinadas a la realización de trabajos de investigación.

Se destinan un total de 21.000 euros y hay un plazo de presentación de solicitudes de 20 días, a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Entre las becas destaca la propuesta por el Aula de Ciencias de la Información que constituyen el IEA y la Asociación de Periodistas – Asociación de la Prensa de Almería (AP-APAL), y que estará dedicada al estudio sobre la vida, trayectoria y obra del histórico periodista almeriense Pepe Jesús García.

RESUMEN DE LAS BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS ALMERIENSES CORRESPONDIENTES AL AÑO 2009 DESTINADAS A LA REALIZACIÓN DE TRABAJOS DE INVESTIGACIÓN

1.- FUNDAMENTACION El Instituto de Estudios Almerienses de la Diputación Provincial de Almería (IEA) es un Centro de Estudios Locales que, mediante el estudio, la defensa, investigación y difusión de la cultura almeriense, tiene como fin propiciar y fomentar el desarrollo científico, cultural, artístico y socio- económico de la provincia de Almería. Para ello utiliza diferentes vías, entre las que se encuentra la concesión de ayudas y becas para el mejor desarrollo y aprovechamiento de los valores académicos, científicos, artísticos y culturales de los almerienses.

2.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA El objeto de esta convocatoria es establecer las normas reguladoras de la concesión de ayudas económicas para la realización de trabajos de investigación, en régimen de concurrencia competitiva. Esta convocatoria tiene como fin la defensa, estudio, investigación y posterior divulgación de los valores que constituyen la realidad almeriense en cualquiera de sus ámbitos: Arte y Literatura; Ciencias Sociales; Ciencia y Tecnología; Geografía y Ordenación del Territorio; Ecología y Medio Ambiente e Historia. La realización de la investigación tendrá como finalidad fomentar el estudio y recopilación de nuevos datos sobre Almería y su entorno. Los trabajos finales resultantes podrán ser objeto de posterior divulgación, a través de edición digital si por el Instituto de Estudios Almerienses se considera conveniente. Las líneas de investigación sobre las que versarán los estudios de cada una de las becas son las que figuran en el Anexo III.

3.- RÉGIMEN JURÍDICO Esta convocatoria se regirá por lo previsto en estas bases, por la Base 25 de las de ejecución del Presupuesto General de la Diputación de Almería para el ejercicio 2009, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS, en adelante), por su Reglamento aprobado por Real Decreto 887/ 2006, de 21 de Julio (en adelante, Reglamento), por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás normativa que resulte de aplicación.

4.- FINANCIACIÓN La cuantía total destinada por esta convocatoria a las ayudas a la investigación es de 21.000 , desglosándose de la forma siguiente: -Se asigna a cada uno de los Departamentos que conforman el Instituto de Estudios Almerienses la cantidad de 3.000 , a distribuir en dos becas de 1.500 . -Becas de especial interés para el IEA y/o la provincia, se asigna la cantidad de 3.000 , a distribuir en dos becas de 1.500 . En el supuesto de que las cantidades asignadas a un Departamento no fuesen cubiertas en su totalidad, podrán ser destinadas a proyectos de investigación presentados en otros departamentos siempre y cuando resulten de interés para el IEA y/o la provincia. Estas cantidades quedan sujetas a las retenciones fiscales que les sean de aplicación, en cumplimiento de la normativa vigente. Existe crédito adecuado y suficiente para atender las obligaciones de contenido económico que se derivan de la concesión de estas ayudas en la partida 451 48100 del presupuesto del Instituto de Estudios Almerienses. Asimismo, al tratarse de un gasto destinado a satisfacer a tercero, en ningún caso deberá superarse el límite de la contratación menor, y si lo supera, y dentro del margen del gasto aprobado deberá tramitarse un expediente de contratación.

5.- BENEFICIARIOS Podrán ser beneficiarios los titulados universitarios de grado medio y/o superior cuya titulación académica sea adecuada a los contenidos de la investigación a realizar y que acrediten disponer de la formación y experiencia necesarias para el desarrollo de la misma. Estas ayudas son compatibles con una actividad laboral remunerada.

Quedan excluidas de esta convocatoria las personas en quienes concurran los siguientes supuestos: -Las personas vinculadas al proceso de selección.

-Los beneficiarios de ayudas de investigación del IEA correspondientes a los años 2007 y 2008 (este requisito se acreditará mediante declaración responsable incluida en el Anexo II de esta convocatoria).

-Los becarios de convocatorias anteriores del IEA que no hayan concluido y/o entregado sus memorias finales en el momento de la presentación de solicitudes.

-Las personas que en el plazo de presentación y/o en el momento de la adjudicación de esta convocatoria, disfruten de otras becas o ayudas a la investigación similares dependientes de organismos oficiales.

-Grupos de investigación dependientes de organismos oficiales. Los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:

1.No estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en particular, hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Se considerará que un/a solicitante está al corriente de sus obligaciones fiscales con la Corporación cuando no mantenga deudas o sanciones tributarias en período ejecutivo, salvo que se encuentren aplazadas, fraccionadas o su ejecución estuviese suspendida.

2.No haber solicitado o percibido otras subvenciones o ayudas para el mismo proyecto, a ningún otro organismo/entidad pública o privada.

3.Presentar, en tiempo y forma, la documentación requerida en la presente convocatoria. Todos estos requisitos se habrán de reunir improrrogablemente el último día del plazo para presentar las solicitudes. Todo ello sin perjuicio de las consultas que esta Diputación pueda efectuar en sus propios datos, a otros organismos y a la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

6.- PLAZOS, LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN El plazo de presentación de solicitudes es de VEINTE DÍAS NATURALES a contar desde el día siguiente a la publicación de estas Bases en el BOP de Almería. Las solicitudes se presentarán preferentemente en el Registro General de Entrada del Instituto de Estudios Almerienses sito en Plaza Julio A. Egea, núm. 3, de Almería, o en el Registro General de la Excma. Diputación de Almería (c/ Navarro Rodrigo 17), en horario de 9,00 a 14,00 horas de lunes a viernes (excepto sábados y festivos). En el caso de que el último día de presentación sea festivo, sábado o domingo, el plazo se prorrogará hasta el primer día hábil siguiente. En el caso de presentación de la solicitud y entrega de documentación en la oficina de Correos o en Registro de la Administración General del Estado o las Comunidades Autónomas, el solicitante comunicará esta circunstancia al IEA en el mismo día de la presentación de la solicitud mediante correo electrónico (iea@dipalme.org), fax (950281827) o telegrama. El envío del anuncio sólo será válido si existe constancia de la transmisión y recepción, de las fechas, del contenido íntegro de las comunicaciones y de la identificación fidedigna del remitente y del destinatario. Transcurridos no obstante siete días naturales desde la finalización del plazo indicado sin haberse recibido la documentación, no será admitida la solicitud. Además de ello, en el caso de envíos por correo postal, el solicitante deberá enviar toda la documentación en sobre abierto de forma que en la cabecera de la primera hoja conste con claridad el nombre de la oficina, lugar, fecha y hora de imposición del envío. La solicitud, según modelo establecido en el Anexo I, irá acompañada de la siguiente documentación:

1.Fotocopia del D.N.I.

2.Fotocopia del título académico o documento de haber satisfecho los derechos para su expedición.

3.Fotocopia del expediente académico con expresión de las calificaciones obtenidas y la nota media final.

4.Currículo del investigador donde se incluirán los méritos académicos y profesionales.

5.Cualquier documentación que justifique debidamente los méritos acreditados en el currículo (fotocopias).

6.Declaración jurada de los extremos previstos en el Anexo II.

7.Ficha de Datos Generales según Anexo IV y Certificación bancaria que acredite los datos de la cuenta corriente. Estos documentos no deberán cumplimentarlos las personas que estén dadas de alta en dicha contabilidad y hayan recibido algún pago del IEA en los ejercicios 2007/2008, siempre que no hayan variado sus datos bancarios.

8.Proyecto del trabajo a realizar que deberá presentarse de acuerdo con el siguiente esquema y formalidades (todo ello sintetizado en un máximo de cinco folios escritos por una sola cara): Título. Nombre, apellidos y firma del solicitante. Fecha. Resumen del proyecto (máximo un folio). Interés del trabajo dados los antecedentes y estado actual. Descripción de los objetivos concretos del proyecto. Hipótesis, metodología y plan de trabajo. Contenidos Bibliografía.

7.- SUBSANACIÓN DE SOLICITUDES Recibidas las solicitudes, se procederá por el Negociado de Apoyo Administrativo del IEA a la comprobación de que se han presentado todos los documentos y materiales especificados en la Base 6ª de esta convocatoria. En caso de faltar alguno de ellos, se requerirá al solicitante para que en un plazo de SIETE DÍAS NATURALES (7) subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que si así no lo hiciera se le tendrá por desistido en su petición, lo que se recogerá en el acuerdo de concesión de ayudas que se notificará.

8.- FASES, ÓRGANOS Y PROCESO DE SELECCIÓN El proceso de selección garantizará en todo caso el cumplimiento de los principios de transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación entre los participantes. Será órgano instructor el Vicepresidente del IEA, que realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución. Fase primera. Adaptación a las bases: El personal del IEA, tras valoración de las solicitudes presentadas, realizará informe del estado de éstas, especificando expresamente aquellas que por no ajustarse a las Bases de esta convocatoria quedan excluidas del proceso selectivo. Fase segunda. Informe de los Jefes de Departamento y/o Director del IEA: Las solicitudes de los proyectos de investigación de cada uno de los departamentos que cumplan los requisitos establecidos en las bases, serán remitidas al jefe de departamento correspondiente y/o al Director del IEA para su estudio. A la vista de toda la documentación presentada emitirán informe en un plazo de 10 días hábiles desde su recepción. El informe deberá establecer un orden de preferencia de las solicitudes y para ello aplicará los siguientes criterios: Criterios de evaluación del proyecto (máximo 10 puntos): -Temática coincidente con las prioridades establecidas en el Departamento como línea investigadora (máximo 2 puntos). -Originalidad de la temática, priorizándose aquellos proyectos que versen sobre campos poco estudiados (máximo 2 puntos). -Presentación del Proyecto: Objetivos, contenidos y metodología (máximo 2 puntos). -Repercusiones y proyección del estudio (máximo 2 puntos). -Pertinencia y actualización de fuentes documentales (máximo 2 puntos). Fase tercera. Valoración del currículo del investigador: En caso de existir más de dos solicitudes de becas por departamento o en el supuesto de empate, se realizará, por el Negociado de Apoyo Administrativo, aplicación de los criterios de evaluación del investigador conforme a los criterios que se detallan, con un máximo de 10 puntos: a) Expediente académico. Máximo 3 puntos: -Premio extraordinario fin de carrera: 3 puntos -Nota media de Sobresaliente: 2 puntos -Nota media de Notable: 1 punto b) Formación complementaria. Máximo 4 puntos: -Por la realización de los cursos de doctorado: 1 punto -Por la obtención del Diploma de Estudios Avanzados o la suficiencia investigadora: 2 puntos -Por la obtención del grado de doctor: 3 puntos -Por la obtención de un Master: 2 puntos -Por tener otra titulación distinta a la exigida (diplomatura o licenciatura). 1 punto c) Publicaciones. Máximo 3 puntos: -Por cada libro: 1 punto -Por cada artículo o capítulo de libro: 0,25 puntos por cada una Fase Cuarta. Evaluación y dictamen de la Comisión de Valoración A la vista de la documentación obrante en el expediente se reunirá la Comisión de Valoración, quien emitirá dictamen en el que se concretará el resultado de la evaluación efectuada. La Comisión de Valoración estará integrada por: -Vicepresidente del IEA o Diputado provincial en quien delegue. -Vocales: Interventor del IEA, o persona en quien delegue. -Jefa del Servicio Jurídico y Administrativo de Presidencia o persona en quien delegue. -Director del IEA o persona en quien delegue. -Secretaria: Coordinadora del IEA ó persona en quien delegue. La Comisión queda facultada para resolver, en cualquier momento, las dudas técnicas que se presenten. Si lo estima necesario, podrá requerir cuantos informes adicionales considere oportunos, así como entrevistar a los solicitantes en cualquier momento del proceso selectivo, para comprobar si los candidatos se ajustan al perfil específico de la beca en cuestión. La Comisión de Valoración, realizará el proceso selectivo de las becas a desarrollar y para ello tendrá en cuenta especialmente el proyecto de trabajo así como el currículo y perfil del investigador. La Comisión de Valoración, de acuerdo con el interés científico de las solicitudes presentadas, fijará la cuantía de la ayuda económica para los proyectos de investigación. Además, esta comisión será la encargada de elevar su informe-propuesta al Vicepresidente del IEA para propuesta de adjudicación al Consejo Rector a fin de que adopte los acuerdos de concesión y desestimación de las ayudas. La Comisión de Valoración podrá declarar desierta en parte o en su totalidad la convocatoria de ayudas a los proyectos de investigación.

9.- RESOLUCION Y NOTIFICACION A LOS INTERESADOS El Consejo Rector, a propuesta del Vicepresidente del Instituto de Estudios Almerienses, adoptará acuerdo de concesión de ayudas a proyectos de investigación, que contendrá, además de los que se consideren oportunos, los siguientes extremos: 1.Relación de beneficiarios/as, con indicación de la temática objeto del proyecto de investigación, así como indicación de la puntuación obtenida en aplicación de cada criterio de valoración y de la puntuación total. 2.Relación, según orden decreciente de la puntuación obtenida, de todas las solicitudes que, cumpliendo con las condiciones administrativas y técnicas establecidas en las bases reguladoras para adquirir la condición del beneficiario/a, no hayan sido estimadas, por rebasarse la cuantía máxima del crédito fijado en la convocatoria, con indicación de la puntuación obtenida en aplicación de cada criterio de valoración y de la puntuación total. 3.Relación, según orden decreciente de la puntuación obtenida, de todas las solicitudes que no hayan sido estimadas por no cumplir con los requisitos administrativos y técnicos previstos en las bases. La referida resolución será motivada fundamentándose la adjudicación de las subvenciones en los criterios de valoración establecidos en la presente convocatoria. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución de las solicitudes será de seis meses y se computará a partir del día siguiente al de finalización del plazo para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiese dictado y notificado resolución expresa, las solicitudes podrán entenderse desestimadas por silencio administrativo según disponen las normas de aplicación reguladoras del sentido del silencio administrativo. Los/las beneficiarios/as, una vez efectuada la notificación, podrán aceptar o renunciar a la subvención. En caso de que no renuncien expresamente en el plazo 10 días naturales desde la notificación se entenderá que aceptan la misma. Si se renunciase a la subvención por alguno de los beneficiarios, el órgano concedente acordará, sin necesidad de una nueva convocatoria, la concesión de la subvención al solicitante o solicitantes siguientes a aquél en orden de su puntuación, siempre y cuando con la renuncia por parte de alguno de los beneficiarios, se haya liberado crédito suficiente para atender al menos una de las solicitudes denegadas. Los solicitantes cuyas solicitudes hayan sido desestimadas podrán pasar por las instalaciones del IEA para recoger sus originales tras la notificación del acuerdo. Transcurrido dos meses desde la citada fecha de notificación de acuerdo sin que los originales se hayan recogido, se procederá a su destrucción. En este sentido, los acuerdos y resoluciones que sean adoptados por los órganos de gobierno del Instituto de Estudios Almerienses no ponen fin a la vía administrativa y será preceptiva la interposición del recurso de alzada ante el Pleno de la Excma. Diputación Provincial con carácter previo a la interposición del correspondiente recurso contencioso-administrativo.

10.- DESIGNACIÓN DE TUTORES El Director del IEA propondrá al Consejo Rector la designación y cuantías a percibir por aquellos miembros del I.E.A. que actuarán como tutores de cada una de las becas. Sus funciones serán: -Asesoramiento y seguimiento del trabajo de investigación realizado por el becario. -Informe y/o visto bueno sobre la evolución del trabajo de investigación. -Informe y/o visto bueno sobre trabajo final resultante de la investigación. -Cumplimiento de los plazos y requisitos de entrega, especificados en la Base 11 de esta convocatoria. El tutor no podrá utilizar ni reproducir la información obtenida en el desarrollo de la investigación sin que se le haya autorizado expresamente por parte del beneficiario y del Instituto de Estudios Almerienses.

11.- PLAZOS DE ENTREGA, REQUISITOS DE LA DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR Y PAGO DE LAS BECAS Los pagos se realizarán por orden del Vicepresidente del Instituto de Estudios Almerienses previo visto bueno del Director del IEA, con las formalidades que se requieren a continuación y en los porcentajes que se indican: -20% tras la adjudicación y concesión de la beca. -30% tras la presentación de informe detallado sobre la evolución del trabajo de investigación que deberá llevar el Vº Bº del tutor/a que se le designe. -50% restante tras la entrega del trabajo final de investigación que deberá llevar el Vº Bº del tutor/a que se le designe. Estas cantidades quedan sujetas a las retenciones fiscales que les sean de aplicación, en cumplimiento de la normativa vigente. El informe detallado sobre la evolución del trabajo deberá reunir los siguientes requisitos: -Se entregará en el registro del IEA junto con solicitud general. -En su portada constará el título de la beca, nombre del becario y firma, visto bueno del tutor y la fecha de la entrega. -Se realizará en lengua castellana. -Plazo de presentación: seis meses desde la fecha del acuerdo del Consejo Rector por el que se adjudican las becas. El trabajo final de investigación deberá reunir los siguientes requisitos: -Se entregará en el registro del IEA junto con solicitud general. -En su portada constará claramente que es el trabajo final de la investigación con el título de la beca, la fecha de la entrega, nombre del becario y su firma, Vº Bº del tutor/a que se designe para la aprobación de la memoria final presentada. -Se realizará en lengua castellana. -Deberá ajustarse al plan de trabajo que se presentó en el proyecto y la fecha límite para la presentación será de doce meses desde la fecha del acuerdo del Consejo Rector por el que se adjudican las becas. En el caso de que el trabajo final de la investigación no fuera aprobado por no alcanzar los objetivos mínimos contemplados en la propuesta inicial, se deberá presentar uno nuevo en un plazo no superior a tres meses, contados a partir de la comunicación de la denegación. El Consejo Rector podrá acordar la revocación de la ayuda en el supuesto de que no sea presentado en el plazo establecido o no sea dictaminada favorablemente, según lo dispuesto en los apartados anteriores. La revocación podrá determinar el reintegro de la ayuda percibida.

12.- OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS Y RELACIÓN CON LOS TUTORES Los solicitantes por la simple participación en esta convocatoria, aceptan plenamente las bases, reservándose el IEA, el derecho de la interpretación de las mismas. Los trabajos que presenten deberán ser originales e inéditos. Se rechazarán todos los proyectos de trabajo ya terminados en el momento de finalizar el plazo de la convocatoria. Los beneficiarios deberán cumplir los plazos y requisitos de entrega, especificados en la Base 10 de esta convocatoria. El trabajo final resultante de la investigación desarrollada deberá ajustarse al plan de trabajo propuesto en la solicitud y tendrá como mínimo una extensión de 50 páginas, excluyendo tablas, gráficos, esquemas, dibujos, fotos y referencias bibliográficas. Los textos en lengua castellana irán en Word, interlineado sencillo, Times New Roman, tamaño de letra 12. Entregará copia impresa en DIN A-4, por una sola cara, paginada y encuadernada así como copia digital en diskete o CD-R. El IEA podrá requerir al beneficiario que el texto e imágenes vayan adaptados a la Normativa de Presentación de Originales del IEA que puede consultar en nuestra página web (www.iealmerienses.es), así como que pueda realizar algunos cambios o seguir indicaciones para mejorar la presentación. Durante el periodo de disfrute de la beca, el becario no podrá utilizar ni reproducir la información obtenida en el desarrollo de la investigación sin que se le haya autorizado expresamente por parte del Instituto de Estudios Almerienses.

13.- CESION DE DERECHOS AL IEA El beneficiario cede en exclusiva al Instituto de Estudios Almerienses los derechos de explotación digital de la primera edición del trabajo, comprensivo de los derechos de reproducción, distribución, venta y difusión. Si transcurridos dos años desde la entrega de la memoria final no se hubiese realizado la edición digital de la misma, caducarán los derechos del IEA sobre su publicación, pudiendo los autores disponer libremente de ellos. El becario deberá solicitar autorización por escrito al I.E.A, en caso de publicación y/o utilización de una parte o de la totalidad del trabajo antes de transcurrir los dos años desde la entrega. En todos los casos de publicación y/o utilización de una parte o de la totalidad del trabajo, siempre deberá hacerse constar de forma expresa la Ayuda de Investigación concedida por el Instituto de Estudios Almerienses. El Instituto de Estudios Almerienses respetará el texto de la memoria, así como el resto de facultades inalienables que el Texto Refundido de la Ley 1/1996, de 12 de abril, de Propiedad Intelectual reconoce a los creadores.

14.- REINTEGRO DE LA BECA Se procederá al reintegro de las cantidades percibidas en concepto de beca, así como la exigencia del interés de demora desde el momento del pago en los siguientes casos: a)Renuncia del beneficiario. b)Incumplimiento de la obligación de entrega del informe detallado sobre la evolución del trabajo y del trabajo final de investigación en los plazos establecidos. Los anexos y otros detalles de la convocatoria están en el documento asociado a esta información Fuente: Asociación de Periodistas de Almería / IEA Tags Claves: IEA, AP-APAL, becas, investigación, Pepe Jesús García,

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